
Una guía jurídica completa para quienes desean establecer su residencia en las Islas Baleares. Desde los trámites de inmigración hasta la adquisición de propiedad, le acompañamos en cada paso.
Solicitar ConsultaMallorca se ha convertido en uno de los destinos más codiciados de Europa para quienes buscan una calidad de vida excepcional. Con más de 300 días de sol al año, una infraestructura de primer nivel, conexiones aéreas directas con las principales capitales europeas y una comunidad internacional vibrante, la isla ofrece un entorno incomparable para vivir, trabajar e invertir.
Sin embargo, establecerse en España requiere navegar un marco jurídico y fiscal complejo. Desde la obtención del NIE hasta la planificación fiscal óptima, cada decisión tiene implicaciones significativas a largo plazo. Fuster Cuerda Abogados, con más de 80 años de experiencia en las Islas Baleares, ofrece el asesoramiento integral que necesita para que su transición sea fluida y segura.
El Número de Identificación de Extranjero (NIE) es el primer requisito para cualquier actividad legal o financiera en España. Es necesario para comprar una propiedad, abrir una cuenta bancaria, firmar contratos y cumplir con las obligaciones fiscales. Gestionamos la solicitud completa ante la Oficina de Extranjería o el Consulado español en su país de origen.
La compra de un inmueble en Mallorca requiere una due diligence exhaustiva: verificación de cargas registrales, situación urbanística, estado de deudas con la comunidad de propietarios, certificado energético y cumplimiento de la normativa turística. Redactamos y negociamos el contrato de arras, le acompañamos ante notario y gestionamos la inscripción registral.
Según su nacionalidad y circunstancias, existen diferentes vías para obtener la residencia en España: residencia comunitaria (ciudadanos UE/EEE), Golden Visa (inversión mínima de 500.000€ en inmuebles), visado de nómada digital, o residencia no lucrativa. Analizamos su situación y le guiamos hacia la opción más ventajosa.
La fiscalidad es uno de los aspectos más críticos de la reubicación. Analizamos su situación fiscal global para optimizar la carga tributaria: Ley Beckham (régimen especial de impatriados), convenios de doble imposición, impuesto sobre la renta de no residentes, impuesto sobre el patrimonio, y planificación de sucesiones y donaciones.
Si planea desarrollar actividad empresarial en España, le asesoramos sobre la estructura societaria más adecuada: Sociedad Limitada (SL), Sociedad Anónima (SA), sucursal de empresa extranjera, o establecimiento permanente. Gestionamos la constitución, el alta fiscal y los registros necesarios.
Más allá de los trámites jurídicos, le orientamos sobre aspectos prácticos: sistema sanitario (público y privado), escolarización de hijos (colegios internacionales), permiso de conducir, empadronamiento, y conexión con la comunidad internacional de Mallorca.

El régimen especial de impatriados, conocido popularmente como "Ley Beckham", permite a los trabajadores desplazados a España tributar como no residentes durante los primeros seis ejercicios fiscales. Esto significa un tipo fijo del 24% sobre los rendimientos del trabajo obtenidos en España (hasta 600.000€), frente al tipo progresivo que puede alcanzar el 47%.
Para acogerse a este régimen, debe cumplir ciertos requisitos: no haber sido residente fiscal en España durante los 5 años anteriores al desplazamiento, que el desplazamiento se produzca como consecuencia de un contrato de trabajo o de la adquisición de la condición de administrador de una sociedad, y que los rendimientos del trabajo no estén exentos del IRPF.
Nuestro equipo fiscal analiza su elegibilidad, gestiona la solicitud ante la Agencia Tributaria y planifica la estructura óptima para maximizar los beneficios de este régimen.
El programa de Golden Visa español permite obtener un permiso de residencia mediante la inversión en bienes inmuebles por un valor mínimo de 500.000€ (libres de cargas). Este permiso se extiende al cónyuge, hijos menores y ascendientes dependientes.
Ventajas principales: no requiere residencia efectiva en España para mantener el permiso, permite trabajar en España, incluye libre circulación por el espacio Schengen, y puede conducir a la residencia permanente y la nacionalidad española.
Nota importante: La legislación sobre Golden Visa está sujeta a cambios. Le mantenemos informado sobre cualquier modificación normativa que pueda afectar a su planificación.

Identificación de la propiedad adecuada según sus necesidades, presupuesto y objetivos de inversión. Colaboramos con agentes inmobiliarios de confianza.
Verificación completa: nota simple registral, situación urbanística, cargas y gravámenes, deudas pendientes, certificado energético y cumplimiento normativo.
Redacción y negociación del contrato de arras (señal del 10% habitualmente). Establecimiento de condiciones, plazos y cláusulas de protección para el comprador.
Si necesita hipoteca, le conectamos con entidades financieras que ofrecen condiciones competitivas para no residentes (habitualmente hasta el 60-70% del valor de tasación).
Acompañamiento ante notario para la firma de la escritura de compraventa. Verificación de todos los documentos y pago del precio restante.
Liquidación de impuestos (ITP o IVA + AJD), inscripción en el Registro de la Propiedad, cambio de titularidad de suministros, y alta en la comunidad de propietarios.
Para viviendas de segunda mano: entre el 8% y el 13% del precio de compra en Baleares, según el valor del inmueble.
Para obra nueva: 10% de IVA más 1,5% de Actos Jurídicos Documentados.
Impuesto sobre el incremento del valor de los terrenos de naturaleza urbana. Habitualmente a cargo del vendedor.
Aproximadamente entre el 1% y el 2% del precio de compra.
Habitualmente entre el 1% y el 1,5% del precio de compra, más IVA.
Contacte con nosotros para una consulta personalizada. Le ayudaremos a planificar cada aspecto de su reubicación.